Diferencia entre la patria potestad y la guarda y custodia

En España, la patria potestad y la guarda y custodia son conceptos relacionados pero distintos en el ámbito del derecho de familia. Aquí te explico las diferencias principales entre ambos:
 

Patria Potestad:

La patria potestad se refiere al conjunto de derechos y deberes que los padres tienen sobre sus hijos menores de edad para proteger y velar por su bienestar, desarrollo y educación. 
Algunas características importantes de la patria potestad son:
  • Conjunto de derechos y deberes: La patria potestad abarca una amplia gama de responsabilidades, incluida la responsabilidad de proteger y cuidar al menor, tomar decisiones sobre su educación, salud y religión, representarlo legalmente, y administrar sus bienes, entre otros.
  • Ambos progenitores: En principio, la patria potestad se comparte entre ambos progenitores, independientemente de si están casados, separados o divorciados. Esto significa que ambos padres tienen derecho a participar en la toma de decisiones importantes sobre el menor y a ejercer sus responsabilidades parentales.
  • Presunción de ejercicio conjunto: A menos que exista una razón válida que lo impida, se presume que los padres ejercen conjuntamente la patria potestad sobre sus hijos. Esto significa que deben consultar y tomar decisiones de manera conjunta en beneficio del menor.
 

Guarda y Custodia:

 La guarda y custodia se refiere al derecho y la responsabilidad de cuidar, proteger y criar física y emocionalmente a los hijos menores de edad. Algunos aspectos clave de la guarda y custodia son:
  • Residencia del menor: La guarda y custodia determina con cuál de los progenitores vivirá el menor de manera habitual. En los casos de guarda y custodia compartida, el menor puede vivir alternativamente con cada progenitor, mientras que en los casos de guarda y custodia exclusiva, el menor vive principalmente con uno de los padres.
  • Aspectos prácticos: Quien tiene la guarda y custodia generalmente se encarga de la vida diaria del menor, incluyendo su alimentación, educación, actividades extracurriculares y cuidado médico.
  • Visitas y comunicaciones: En los casos de guarda y custodia exclusiva, el progenitor no custodio generalmente tendrá derecho a visitas regulares con el menor y a mantener una relación afectiva con él.
 
Es importante destacar que la patria potestad y la guarda y custodia son conceptos independientes y separados en la legislación española. Aunque en la mayoría de los casos ambos progenitores ejercen conjuntamente la patria potestad, la guarda y custodia puede ser atribuida a uno solo de los progenitores, a ambos de forma compartida o incluso a terceras personas, dependiendo de las circunstancias específicas y del interés superior del menor.
 
Si estás en esta situación, no lo dudes, contacta con nosotros y estudiaremos tu caso para encontrar la mejor solución.